Criterios · Sus palabras
Cómo suena, en audiencia, negarse a aplicar una prisión automática
En febrero de 2023, el Dr. Osorio Rosado reconstruyó ante un auditorio el diálogo con la fiscalía en una audiencia de medidas cautelares. Es la explicación más concreta que existe de su criterio: no una tesis, sino lo que dijo en la sala.
Análisis del sitio · Citas textuales de la conferencia del 20 de febrero de 2023
La escena que describe es rutinaria en cualquier centro de justicia penal federal: la fiscalía solicita prisión preventiva por un delito del catálogo del artículo 19 constitucional —portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército—, y la ley parece no dejar margen. Lo que sigue es lo que hace singular el caso.
Señores fiscales, no coincido con su postura: la prisión preventiva oficiosa es una medida inconvencional; es una medida inconstitucional, de hecho.Eduardo Alberto Osorio Rosado · 20 de febrero de 2023 · min 00:13
El argumento, en el orden en que lo expuso
La afirmación no se sostiene en una preferencia personal, sino en una cadena normativa que el juzgador recorre en voz alta. Primero, la reforma constitucional de 2011: desde entonces México reconoce derechos humanos de fuente nacional y de fuente internacional. Segundo, la incorporación de los tratados al bloque de constitucionalidad, que explicó con una imagen doméstica —como si estuvieran «impresos y engargolados» junto a la Constitución, son Constitución—. Tercero, el carácter vinculante de las sentencias de la Corte Interamericana, cuya jurisdicción contenciosa México reconoció en 1998.
De ahí extrae la distinción que sostiene todo lo demás: la Corte Interamericana no proscribe la prisión preventiva, proscribe su automatismo.
Es una medida cautelar la prisión preventiva, no la oficiosa. Es válido otorgarla siempre y cuando sea proporcional, necesaria, excepcional. No puede estar determinada por el tipo de delito ni por la gravedad de la conducta, y no puede ser utilizada como pena anticipada.Eduardo Alberto Osorio Rosado · 20 de febrero de 2023 · min 02:00 aprox.
Dos normas del mismo rango
El problema queda entonces planteado como un conflicto entre normas de igual jerarquía: el artículo 19 constitucional, que impone la prisión en automático para ciertos delitos, y el artículo 1.º junto con los tratados, que exigen examinar cada caso. Ante ese choque, la salida que el juzgador tomó fue la del control de convencionalidad: inaplicar la norma que restringe el derecho.
Una prisión en automático restringe la presunción de inocencia de manera irreflexiva.Eduardo Alberto Osorio Rosado · 20 de febrero de 2023 · min 03:57
Esa fue, en noviembre de 2021, la primera inaplicación de la prisión preventiva oficiosa por un juez federal en México. Dos años después, la Corte Interamericana resolvería el caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México en el mismo sentido.
Las citas provienen de la transcripción del video de la conferencia y se corrigieron únicamente en puntuación y en errores evidentes de transcripción automática. Cada una indica el minuto en que fue pronunciada, de modo que pueda cotejarse en la fuente. Análisis del sitio; no está firmado por el Dr. Osorio Rosado.